Inconstitucional exigir cédula profesional para ejercer como abogado – SCJN. – Legal Web

CDMX – El día de ayer, 27 de diciembre de 2017, en una decisión sin precedentes, la tercera sala de nuestro máximo órgano de justicia determinó que los artículos 692 fracción II de la Ley Federal del Trabajo y 12 de la Ley de amparo son inconstitucionales al exigir que para poder representar a alguna persona en un conflicto laboral o en el juicio de amparo, respectivamente, tenga que acreditar ser licenciado en derecho o abogado.

Todo esto al resolver la controversia constitucional numero 28/12 planteada por la Unión de Profesionales del Derecho, A.C., que se inconformaron con dichas normas, pues consideraron que limita su derecho constitucional a ejercer un trabajo, pues la mayoría de sus agremiados no son titulados o nunca cursaron la carrera de derecho, sin embargo, “la experiencia cuenta mas que un titulo en la pared” argumentaron en el libelo de la controversia planteada.

Por proyecto del ministro Juan Silva Meza y con todos los votos a favor de sus compañeros de sala, entre ellos el de la ministra Olga Sánchez Cordero, se aprobó por unanimidad, al considerar validos los argumentos esgrimidos por los recurrentes, pues consideraron que el limitar el ejercicio de la profesión a solo las personas que acrediten tener dicha carrera, contraviene al artículo 5º constitucional que establece que “A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.” Pues incluso, aunque en el mismo articulo establece las limitaciones o excepciones, se debe optar siempre por una interpretación pro persona, por lo que establecieron la inconstitucionalidad de dicha norma.

Esta resolución será publicada el próximo 2 de enero, día en que reinicien sus labores el máximo tribunal, las cuales iniciaron el pasado 16 de diciembre.

¿Tú qué opinas de esta resolución?

¿El derecho al trabajo esta por encima del derecho a la debida defensa?

¿Les faltó criterio a los ministros en retiro?

¿Tener mal humor es requisito para ser funcionario del fuero común?

¿Acaso no sabes que hoy es día de los inocentes?

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CDMX – El día de ayer, 27 de diciembre de 2017, en una decisión sin precedentes, la tercera sala de nuestro máximo órgano de justicia determinó que los artículos 692 fracción II de la Ley Federal del Trabajo y 12 de la Ley de amparo son inconstitucionales al exigir que para poder representar a alguna…

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